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Perforación del nuevo perfil fiscal de regalías mineras de Chile

Perforación del nuevo perfil fiscal de regalías mineras de Chile

El plan de gobierno del presidente Boric incluye no solo una amplia reforma tributaria sino también un plan para cambiar la tributación de las actividades mineras en Chile.

A diferencia de otras actividades económicas, la minería involucra un recurso natural no renovable de propiedad estatal que tiene la propiedad exclusiva, inalienable e inalienable de todas las minas. Por lo tanto, el gobierno exige ‘rentas económicas o rentas ricardianas’, donde los impuestos más altos se justifican porque la minería genera ganancias extraordinarias por la explotación de los recursos naturales.

Sin embargo, los impuestos deben ser razonables para lograr un equilibrio entre permitir que la industria minera sea competitiva, realizar las inversiones necesarias y contribuir al crecimiento económico del país.

Desde 2006, Chile cuenta con un impuesto minero específico. Generalmente, este impuesto se aplica a las ganancias obtenidas por una operación minera, con base en el volumen de ventas anuales y, desde 2010, en los precios del mineral. La tasa impositiva varía del 5% al ​​14% dependiendo del margen de utilidad. Este criterio se aplica solo a los mineros con ventas anuales superiores a 50.000 toneladas métricas de valor equivalente de cobre fino (MTFC).

Aumentó la actividad en torno al proyecto de ley

Se está debatiendo en el Congreso un proyecto de ley para reformar el régimen de regalías mineras. Aunque el proyecto de ley fue iniciado por una moción parlamentaria presentada por representantes en la Cámara de Representantes el 12 de septiembre de 2018, su debate se ha acelerado durante el último año. Dada la exclusividad del Presidente en materia tributaria, el gobierno ha presentado tres conjuntos de enmiendas al proyecto de ley para hacerlo constitucional.

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Las primeras modificaciones al proyecto de ley se presentaron en julio de 2022 y especificaban que se establecería un nuevo impuesto como «regalía minera» (en lugar de «compensación al estado» como se mencionaba en el proyecto de ley original) que suprimiría el impuesto a la minería. . La actividad a que se refiere el artículo 64 bis de la Ley del Impuesto a la Renta de Chile.

La nueva regalía minera entrará en vigencia el 1 de enero de 2024. Sin embargo, el Decreto Ley n. 600, Ley núm. 20.026 o Ley núm. Los contribuyentes que se acojan a la inmutabilidad tributaria del artículo 11 de la 20.469 seguirán rigiéndose por lo dispuesto. La invariancia permanecerá vigente hasta la fecha de terminación. No obstante, estos contribuyentes podrán someterse voluntariamente a las nuevas normas de forma anticipada.

La regalía propuesta tiene un carácter híbrido y combina un componente ad valorem aplicado a las ventas anuales de cobre y un componente variable vinculado al margen operativo minero.

El 25 de octubre de 2022, el gobierno de Chile presentó al Congreso nuevos indicadores alternativos para regalías mineras -cuyo debate se encuentra en su segunda etapa constitucional en el Senado- debido a discusiones con empresas mineras y expertos del sector privado. Industria minera.

El plan original se reestructuró significativamente para incluir:

  • Simplificación y reducción de componentes ad valorem independientemente del precio del cobre;

  • Un cambio en el resultado final del componente variable, que se determinará con base en los límites del margen operativo de la mina en lugar de los precios del cobre;

  • reducir o eliminar los componentes ad valorem para las empresas que puedan enfrentar pérdidas operativas como resultado de su uso; Y

  • Incluyendo la depreciación como parte del cálculo del margen operativo minero.

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Considerando estos cambios, se estima que las regalías mineras recaudarán un 0,6% adicional del PBI, del cual el 0,46% del PBI resultará de nuevas estructuras y el 0,15% restante resultará del crecimiento en producción y costos.

Según la propuesta, el carácter híbrido de la regalía está vinculado a:

  • Un componente de valor publicitario Esto se aplicará a la venta anual de cobre, que ya no será un anticipo, sino una exención de este componente del 1% para operadores de mina equivalente a 50.000 MTFC anuales). Si la Renta Operativa Minera Imponible Ajustada (RIOMA) es negativa, el componente ad valorem a pagar será el monto positivo que resulte de deducir el monto negativo de la RIOMA del impuesto ad valorem determinado; Y

  • Un componente en el borde de la mineríaUtilizado para RIOMA:

    • (i) Los operadores mineros con más del 50% de sus ventas anuales derivadas del cobre y que excedan el equivalente a 50,000 MTFC están sujetos a tasas que varían del 8% al 26% dependiendo de la utilidad operativa de la mina (en lugar del 2% y 36%, independientemente de los precios del cobre, previo a indicaciones alternativas, Instalado en paquete;

    • (ii) Para los operadores mineros cuyas ventas anuales superen los 50.000 MTFC pero menos del 50% sean derivados del cobre, se les aplicará una tasa progresiva en función del margen operativo minero, que oscilará entre el 5% y el 34,5%. a plazo, y una tasa de rendimiento máxima del 14%;

    • (iii) Los operadores de minas con ventas anuales que excedan el equivalente a 12,000 MTFC y no excedan el equivalente a 50,000 MTFC estarán sujetos a una tasa equivalente promedio por tonelada en una escala progresiva entre 0.5% y 4.5%. , según segmentos de valores iguales a MTFC vendidos; Y

    • (iv) Los operadores mineros cuyas ventas anuales no superen los 12.000 MTFC están exentos de este componente.

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En cuanto a la determinación de la RIOMA, se mantiene la opinión de que el componente del margen minero de la regalía se incluye en la base imponible y el componente ad valorem se acepta como gasto; Y respecto de la depreciación del activo fijo, se sumará la depreciación acelerada y se podrá deducir la depreciación normal. Los costos de organización y puesta en marcha deben considerarse además de RIOMA.

En los primeros días de enero de 2023, la Comisión de Minería y Energía del Senado aprobó la regalía minera. Previo a la votación, el Poder Ejecutivo presentó una serie de propuestas para modificar la distribución de los recursos recaudados a través del impuesto de regalías a las regiones, las cuales fueron aprobadas.

Dado el receso legislativo en febrero, el proyecto de ley será revisado y debatido por el Comité de Finanzas del Senado en marzo antes de ser votado en el Senado, antes de regresar a la Cámara de Representantes.